La causante del accidente en el que murió una pareja en Ribeira tiene diez días para entrar en la cárcel

Marta Gómez Regenjo
M. Gómez RIBEIRA

BARBANZA

Pilar Fernández, durante el juicio por el accidente en el que murieron Sara y Abraham.
Pilar Fernández, durante el juicio por el accidente en el que murieron Sara y Abraham. Sandra Alonso

En marzo, el Supremo ratificó la condena a 12 años y medio de prisión para Pilar Fernández Patiño

12 abr 2025 . Actualizado a las 14:29 h.

Diez días desde que reciba la notificación. Ese es el plazo que da la sección sexta de la Audiencia Provincial a María del Pilar Fernández Patiño para entrar en prisión para cumplir la condena a 12 años y medio de cárcel que le fue impuesta por un delito de homicidio doloso por las muertes de Abraham Muñiz y Sara Lampón. La pareja falleció en el accidente de tráfico provocado por la acusada al invadir el carril contrario en mayo del 2019.

De este modo, las familias de las víctimas ven cumplirse su deseo de que se haga justicia casi seis años después del fatal siniestro, ocurrido una tarde de sábado en Palmeira. Fernández Patiño fue condenada en primera instancia por la Audiencia Provincial en enero del 2023, el fallo fue ratificado en julio de ese mismo año por el Tribunal Superior de Xustiza de Galicia (TSXG), y el pasado marzo, hace justo un mes, llegó la resolución del Tribunal Supremo desestimando el recurso de casación interpuesto por la defensa de la acusada.

El siguiente paso era el auto de ingreso en prisión y ya ha llegado. En él, el tribunal de la Audiencia Provincial declara firme la sentencia que condena a Pilar Fernández a 12 años y medio de cárcel y ordena que se tomen las medidas necesarias para darle cumplimiento. En este sentido, se requiere a la acusada para que «en el plazo de diez días desde la notificación de la presente ingrese en prisión». También se advierte de que, en caso de que no se presente voluntariamente en el plazo dictado se acordará «su busca y captura».

Asimismo, también se hace efectiva la retirada del carné a la acusada y la prohibición expresa del derecho a conducir vehículos a motor y ciclomotores.

Sentencia pionera

La sentencia que condenó a Pilar Fernández se considera pionera en la jurisprudencia española al considerar que las muertes de Sara y Abraham fueron un homicidio doloso y no un delito de imprudencia temeraria, tal y como sostenía la defensa, que buscaba una pena menor para la acusada.

Tanto la Audiencia Provincial como el TSXG y el Supremo coincidieron en su dictamen a la hora de la calificar los hechos y castigar la conducta de la procesada, que, como quedó acreditado durante el juicio, invadió el carril contrario impactando con el turismo en el que viajaban Sara y Abraham. Circulaba además a 130 kilómetros por hora y bajo los efectos del alcohol, con una tasa de 1,37 gramos por litro de alcohol en sangre, y de fármacos antidepresivos y antipsicóticos que mermaban su facultades para conducir.