El caso de O Marisquiño se archiva: 467 heridos, cero responsables

E. V. Pita VIGO / LA VOZ

VIGO CIUDAD

XOAN CARLOS GIL

La Audiencia desestima los últimos recursos de afectados por el desplome de un tramo de paseo marítimo de Vigo en agosto del 2018. No seguirá investigando al no poder identificar a ningún responsable. El padre de una afectada:  «Solo la suerte, les salvó de morir en aquel desconcierto»

24 dic 2025 . Actualizado a las 01:47 h.

La investigación por el accidente de O Marisquiño, en el que se desplomó un tramo de paseo marítimo durante un concierto en Vigo causando 467 heridos, se ha archivado por falta de responsables penales. Cinco perjudicados se opusieron e intentaron identificar a los responsables de un delito de lesiones imprudentes, aunque sin éxito. La sección quinta de la Audiencia Provincial de Pontevedra ha confirmado el sobreseimiento provisional acordado por el Juzgado de Instrucción número 3 de Vigo en la causa que investigaba el siniestro ocurrido el 12 de agosto del 2018 durante la celebración de un concierto, dentro de la programación del festival de cultura urbana. No cabe recurso alguno.

La jueza instructora concluía en su auto que «no fue posible identificar un responsable penal concreto de la acción u omisión que causó el accidente». Ahora, la Audiencia Provincial desestima los recursos interpuestos por cinco afectados por el derrumbamiento de la estructura ubicada bajo el escenario, que solicitaban la continuación de las actuaciones penales contra varios técnicos del Ayuntamiento y de la Autoridad Portuaria de Vigo.

Entre los antiguos mandos que los apelantes identificaron para investigar figuran el jefe del área de Planificación e Infraestructuras del Puerto de Vigo, el jefe de Vías y Obras del Concello de Vigo, el jefe de la División de Conservación del Puerto de Vigo, el jefe de Urbanización e Infraestructuras del Concello de Vigo y el jefe de Organización e Infraestructuras de la Gerencia Municipal de Urbanismo del Concello de Vigo.

Los magistrados recalcan que «no se adjuntaron indicios que permitan atribuirles a los investigados responsabilidad alguna por incumplimiento del deber de vigilancia de la estructura», y añaden que la instrucción practicada no permite sostener la apertura de un juicio oral. 

En el caso, prestaron declaración los peritos judiciales nombrados para la causa, que negaron «la existencia de sobrecarga y atribuyen el colapso al deterioro de la sección resistente de los paneles prefabricados pretensados, esto es, la estructura de hormigón que ya existía previo al proyecto abrir Vigo al Mar, una vez realizado las obras de dicho proyecto no perjudicó a la estructura, sino que la reforzó, por lo que la circulación en la zona debe ser restringida». Con ello se eximió la responsabilidad de los organizadores del evento y a las administraciones que permitieron la celebración del concierto en el muelle luego siniestrado, cualquier responsabilidad en el suceso.

Para la sala, los apelantes no han precisado concretamente qué área era la responsable de autorizar el festival o realizar las obras de mejoras y, en el caso de mencionar a un técnico en concreto, no detallan las razones por las que este iba a tener responsabilidad. Y, lo que es más, a dicho tribunal que revisa el caso tampoco le compete hacer esas averiguaciones, recalca la sala. 

La Audiencia Provincial no impondrá las costas del proceso a los cinco apelantes debido al proceso involuntario por el que tuvieron que pasar, por una instrucción que fue poco proactiva y por el calvario de ver cómo varias administraciones se culpaban unas a otras. «Los recurrentes se han visto involucrados en el procedimiento a su pesar, sufriendo la falta de asunción de responsabilidades de las dos administraciones públicas implicadas, que han hecho todo lo posible para excluir la propia y atribuir la de la otra que confluía, como sucede más veces de las deseadas en este país, y habiéndose visto afectadas por una instrucción poco proactiva, que ha dejado en sus manos algunas tareas que no les correspondían».

La sala, en un último párrafo, admite que los apelantes «si han seguido adelante con las actuaciones es porque estimaron, al menos en parte, que no se han satisfecho debidamente sus pretensiones por parte de las aseguradoras, que habían llegado a una especie de acuerdo sobre su responsabilidad (ignoramos su contenido, así como la relevancia futura que puede darse dentro del mismo a las resoluciones judiciales recaídas)».

Y respecto a la pena de banquillo de los investigados  «es cierto que han sido llamados al proceso de forma no voluntaria, pero lo ha sido por el desempeño de sus cargos en dichas instituciones públicas implicadas, habiendo ostentado el carácter de investigados por decisión judicial», indica en el último párrafo de la sentencia.

Reacciones del padre de una lesionada

Marcos Ledo, padre de Cristina, una espectadora de 18 años lesionada en una pierna en el accidente de O Marisquiño, fue uno de los apelantes. El archivo de la causa le hizo calificar el proceso judicial de «desastre». «Que la actuación de las dos Administraciones en este accidente ha sido nefasta, pues han rehuido su responsabilidad durante estos años, y ahora dejan solo otra vez al ciudadano que tiene que acudir a un procedimiento judicial una vez más para conseguir una indemnización por haber acudido a una actividad que no se organizó como debería, y en el lugar que no era el adecuado», recalca.

El progenitor opina que «hubo una ineptitud total de ambas Administraciones, que ha perjudicado gravemente a jóvenes inocentes a los que, solo la suerte, les salvó de morir en aquel "desconcierto" organizado por el Concello en unas instalaciones de Puerto que no estaban en condiciones de semejante evento. Han pasado más de 7 años, los marisquiños se siguen celebrando cada año, pero los perjudicados siguen sin ser indemnizados».