Cárcel para un vecino de Barro por matar a cinco mil conejos de su exmujer

María Hermida
María Hermida PONTEVEDRA / LA VOZ

PONTEVEDRA

Los conejos perecieron por un virus hemorrágico letal.
Los conejos perecieron por un virus hemorrágico letal. cedida

Anunció a una hija que iba a acabar con los animales y luego los pulverizó con una sustancia que les provocó un virus letal

30 ago 2025 . Actualizado a las 12:44 h.

En el municipio pontevedrés de Barro se montó hace bastantes años una instalación cinegética pionera; una explotación de la que salían cientos de conejos, faisanes y codornices para repoblar los montes gallegos. Tenía clientes de toda España e incluso Europa. Esa empresa, que era de un matrimonio que luego se separó, acabó también cambiando de manos. Antes de que lo hiciese, se produjo en su interior un hecho llamativo, del que da cuenta la Justicia. En el año 2022, el propietario inicial de la cinegética entró en las instalaciones, ya gestionadas por su exmujer, y consumó un delito por el que ahora le condena la Audiencia de Pontevedra. ¿Qué hizo? Mató a cinco mil conejos pulverizándolos con una sustancia que resultó ser el patógeno de la enfermedad vírica hemorrágica de esta especie, que es letal.

Tal y como considera probado la Justicia, este hombre ya tenía en mente matar a los conejos antes de los hechos. Es decir, no habría sido un impulso. Así, en cierto modo le anunció a una de sus hijas que tenía intención de darle muerte a todos los animales. Con esa idea se presentó el día 25 de abril del 2022, sobre las dos y media de la tarde, en la cinegética que él mismo había fundado junto a la que era su mujer unos cuantos años antes en Barro. Al hombre poco le importó que en las instalaciones hubiese un testigo. Porque allí estaba un operario que se encontraba haciendo unos trabajos de soldadura y que vio al ahora condenado irrumpir en las explotación con un pulverizador en la mano. No llegó a observarle cometer la fechoría. Pero sí cómo accedía a la nave con el bote en la mano.

Una vez dentro, el hombre en cuestión debió rociar a los conejos con el pulverizador. Y, luego, los animales, valorados en 9,50 euros cada uno, lo que hace un montante 47.500 euros, perecieron a causa del citado virus. El seguro de la cinegética se hizo cargo de la retirada y transporte de los animales muertos. El asunto acabó en manos de las autoridades, que en la casa de este hombre encontraron luego un pulverizador en el que además se toparon restos orgánicos que resultaron contener el patógeno de la llamada enfermedad vírica hemorrágica del conejo. 

Todo acabó en una batalla judicial. En la vista ante el juez, el hombre acusado, que solo respondió a su abogado, negó los hechos. Reconoció que había estado en la cinegética y que llevaba consigo el pulverizador, pero dijo que no era el mismo que luego se topó en su domicilio. Señaló que había entrado en las instalaciones porque había oído chillar a los conejos. Y que si en su casa se encontraron restos orgánicos con el patógeno es porque utilizaba orina de conejo para sulfatar. No le sirvieron de mucho todos estos argumentos. La Justicia consideró que se trataba de «excusas todas ellas inverosímiles y que resultan desvirtuadas por el resto de las pruebas practicadas». 

Inhabilitación por cuatro años

El juzgado de primera instancia ya lo condenó por un delito relativo a la protección de la flora, fauna y animales, en su modalidad de muerte de animales domésticos. Y le impuso una pena de 18 meses de prisión, así como una inhabilitación durante cuatro años para el ejercicio de una profesión, oficio o comercio que tenga relación con los animales, condenándolo además al abono de las costas judiciales, incluidas las de la acusación particular.

El hombre no quedó conforme y presentó un recurso ante la Audiencia de Pontevedra. Insistía en él en su teoría de que únicamente entró en la cinegética para ver qué le ocurría a los conejos, a los que supuestamente había oído chillar. También argumentaba que el operario de la explotación lo había visto entrar, pero no pulverizar a los conejos. O que su presunción de inocencia había sido vulnerada y que en realidad no había pruebas fehacientes de que fuesen cinco mil los conejos muertos.

Uno por uno, la Audiencia de Pontevedra fue desmontando todos sus argumentos. Señaló que las pruebas se realizaron de forma correcta, que está verificado que fueron cinco mil los animales fallecidos y que no hubo vulneración de su presunción de inocencia. Por todo ello, la Audiencia confirma totalmente la sentencia y mantiene la pena de los 18 meses de prisión y los cuatro años sin poder trabajar con animales. Por suerte para el condenado, en este caso no le vuelve a imponer las costas del recurso judicial sino que las declara de oficio. La única posibilidad para el condenado ahora es un recurso de casación ante el Tribunal Supremo. Pero para que lo admitan tendría que infringirse un precepto legal muy concreto.