Condenada a 29 años de cárcel por prostituir a su hija en Monforte y a 14 años el guardia civil retirado que mantuvo relaciones con ella

La Voz MONFORTE

LEMOS

Los condenados, en el juicio celebrado el pasado mes de marzo en Lugo
Los condenados, en el juicio celebrado el pasado mes de marzo en Lugo A. SISO

La sentencia de la Audiencia Provincial de Lugo le atribuye a la madre dos delitos de agresión sexual continuada y uno de obtención de favores sexuales. Otro procesado murió antes de poder ser juzgado

12 jul 2025 . Actualizado a las 14:11 h.

Ya hay sentencia por el caso de la madre acusada de prostituir en Monforte a su hija, que en el momento en que se iniciaron los abusos tenía entre 10 y 11 años. Ella y un octogenario, un guardia civil retirado acusado de pagar por mantener relaciones con la niña, han sido condenados a penas de prisión por dos delitos continuados de agresión sexual sobre una menor, según informa la Fundación Amigos de Galicia. Ella, a 29 años, y él, a 14. Esta entidad fue conocedora, en calidad de parte acusadora, del fallo dictado por la Audiencia Provincial de Lugo. El juicio había quedado visto para sentencia el pasado 23 de marzo tras más de cinco horas durante las que las partes expusieron sus argumentos ante el tribunal.

De acuerdo con la información facilitada por la Fundación Amigos de Galicia «a la progenitora se le imputan las dos penas por prevalimiento, aplicándose solo la segunda pena al acusado, obligando ambos a la menor a mantener relaciones sexuales a cambio de remuneración». Los acusados también han sido condenados a pagar indemnizaciones a la menor, en concepto de responsabilidad civil, por importe de 50.000 y 40.000 euros, respectivamente.

Abusos durante varios años

Los hechos por los que han sido condenados la madre de la víctima y el octogenario que mantuvo relaciones con ella se produjeron en Monforte en los años 2016 y 2017, y tuvieron continuidad posteriormente en el 2022. Otro octogenario acusado también de agredir sexualmente a la menor falleció antes del juicio.

La sentencia a la que ha tenido acceso la fundación, entidad sin ánimo de lucro dedicada a fines sociales, considera probado que la progenitora «conducía a su hija a un lugar que previamente habían acordado con los dos octogenarios a mantener relaciones sexuales, primero con un hombre fallecido con anterioridad a que se iniciase la tramitación del procedimiento, y con posterioridad al óbito de este último, con el otro procesado y ello con la intención de obtener una ventaja económica».

Las agresiones sexuales se produjeron en el domicilio de la persona que falleció antes del juicio en la Audiencia Provincial. En el caso del condenado, tenían lugar en el interior de su vehículo. La Fundación Amigos de Galicia considera que «se ha hecho justicia» y que la sentencia condenatoria asume «la tesis que esta parte planteó alternativamente en su escrito de conclusiones provisionales y que se elevaron a definitivas en el juicio».

La entidad acusadora hace pública su felicitación al letrado penalista y profesor de derecho penal en la Universidad de Vigo, Francisco José Lago Calvo, por su papel en esta y otras causas «por su defensa a favor de la infancia y ante todo tipo de violencias».

La Audiencia ha aceptado completamente la petición de las acusaciones y de la Fiscalía, salvo por la indemnización, ya que la fundación reclamaba para la víctima compensaciones de 120.000 y 70.000 euros, respectivamente, y finalmente ha sido menos.