Los alquileres que se revisen ahora solo podrán subir un 1,9% con el nuevo índice del INE

La Voz REDACCIÓN / EFE

ECONOMÍA

M.MORALEJO

Este umbral se aplica a todos los contratos firmados después del 25 de mayo del 2023

13 jun 2025 . Actualizado a las 11:06 h.

Los alquileres que se revisen ahora podrán subir hasta un 1,9%, según el índice de referencia publicado este viernes por el Instituto Nacional de Estadística (INE), que se aplica a los contratos firmados tras la entrada en vigor de la ley de vivienda, el 25 de mayo del 2023.

Este nuevo dato, correspondiente a mayo del 2025, es inferior en 0,10 puntos al registrado un mes antes.

Desde que entró en vigor este índice de referencia de arrendamiento, las subidas han sido del 2,2% en noviembre, del 2,28% en diciembre, del 2,19% en enero, del 2,08% en febrero, del 1,98% en marzo, del 2,09% en abril y del 1,9% en mayo.

El INE ha situado este viernes la inflación de mayo en el 2% y la subyacente en el 2,2%, moderando en ambos casos el dato del mes anterior.

La ley de vivienda establece una serie de medidas de contención de precios en la regulación de los contratos de alquiler y determinaba que sería el INE el encargado de definir este índice de referencia para la actualización anual de los contratos a fin de evitar incrementos desproporcionados, como se estaban registrando por la inflación.

En qué consiste este nuevo índice

Los alquileres se actualizaban tradicionalmente en la mayoría de los casos con el IPC, pero hace casi dos años cuando la inflación se disparó tras la invasión de Ucrania por parte de Rusia, el Gobierno decidió en abril del 2022 limitar la subida de los alquileres al 2% y para 2024 fijó este porcentaje en el 3%.

Con la entrada del 2025 esos límites a la subida del alquiler desaparecieron, empezando a aplicarse este nuevo índice de referencia, que el INE publica hoy por séptima vez.

Las actualizaciones se producen de forma anual, por lo que los caseros que tengan que revisar el alquiler a sus inquilinos podrán aplicar como máximo esta subida, aunque también existe la posibilidad de prorrogar la renta durante 5 años si el propietario de la vivienda es un particular o hasta 7 años si es un gran inversor.

Desde que se publicó este índice, algunos agentes del sector han criticado la media considerando que en la práctica supone un tope a la actualización de las rentas para que se encuentren siempre por debajo de la inflación real, lo que, en su opinión, desincentiva el mercado del alquiler y la generación de más oferta, presionando al alza los precios.

Además, creen que genera confusión, ya que durante un tiempo coexistirán dos índices diferentes.