El poder municipal en Galicia (y en el Deza) hace 50 años

Manuel Vázquez Donsión

DEZA

14 dic 2025 . Actualizado a las 13:43 h.

En 1975 se produce la muerte de Franco y la coronación de Juan Carlos I. Pudiera parecer que eso significó un cambio automático de una dictadura a una democracia. Sin embargo, todo el mundo acepta la tesis de que el franquismo como régimen político no desapareció de un día para otro. Lo que se expone a continuación sobre el ámbito del poder municipal es otra de las muchas muestras de que el cambio real tardó años en completarse e incluso en comenzar.

En el momento de este cambio en la jefatura del estado había alcaldes y concejales que habían llegado al cargo a través de distintas vías de acceso. Los alcaldes habían sido nombrados por el Ministerio de Gobernación a través del ministro o los gobernadores civiles, en colaboración con la Secretaría del Movimiento ya que el cargo llevaba aparejado la jefatura local del denominado Movimiento Nacional. Los concejales en ejercicio procedían de las elecciones de 1973 y anteriores, realizadas bajo los presupuestos de la llamada «democracia orgánica»: un tercio de los concejales de cada ayuntamiento sería elegido por los vecinos cabezas de familia y por las mujeres casadas (tercio de representación familiar); otro tercio, por los organismos sindicales radicados en el término (tercio de representación sindical), y otro tercio, mediante elección efectuada por los concejales de los dos tercios anteriores entre vecinos miembros de entidades económicas, culturales y profesionales no encuadradas en la organización sindical y radicadas en el término, y si estas no existiesen, entre vecinos de reconocido prestigio en la localidad (tercio de representación entidades). Tanto los alcaldes como los concejales salían de los afectos al régimen político y las «elecciones de la democracia orgánica» eran un mero trámite para renovar el personal político municipal.

En noviembre de 1975, el día anterior a la muerte de Franco, se aprobaba una nueva Ley de Bases del Régimen Local, que establecía la elección de alcaldes por votación secreta de los concejales en sustitución del nombramiento por el Ministerio de Gobernación. Al amparo de esta nueva ley se convocaron elecciones para enero de 1976 con la finalidad de que los que ya eran concejales eligieran alcaldes en las capitales de provincia y las ciudades de más de 100.000 habitantes (excepto Madrid y Barcelona), así como en la mitad de los ayuntamientos de cada provincia que tuvieran los alcaldes con nombramiento de mayor antigüedad. En esta convocatoria los concejales proceden a la elección de alcaldes, pero con la limitación de que solo pueden escoger entre candidatos que sean o hayan sido alcaldes del municipio o entre quienes sean propuestos por un determinado porcentaje del censo electoral o por 4 consejeros locales del Movimiento.

El resultado de esta convocatoria de 1976 fue que la mayoría de los alcaldes electos ya estaban en los ayuntamientos como alcaldes o concejales y, además, en muchos casos fueron proclamados sin necesidad de votaciones al ser candidatos únicos en su municipio. Esta fue la tónica general en toda España, pero en Galicia no nos quedamos a la zaga. Por ejemplo, en los 29 ayuntamientos de la provincia de Pontevedra en que se renovó la alcaldía, se eligió en 17 de ellos al alcalde que ya estaba (58 %) y en 11 de ellos se eligió alcalde a uno que ya era concejal; por tanto, más del 96 % de los elegidos como alcaldes ya eran antes alcaldes o concejales en su municipio. Si ponemos el foco en lo que sucedió en la comarca del Deza encontramos convocatoria de renovación de alcaldes en Dozón, Lalín, Rodeiro y Vila de Cruces. En estos cuatro ayuntamientos se presentaron candidatos únicos que fueron proclamados alcaldes por las juntas electorales municipales sin necesidad de votación; en Dozón, Lalín y Rodeiro fue proclamado el alcalde que estaba en ejercicio, y en Vila de Cruces fue proclamado alcalde un concejal en activo.

De esta forma, la gran mayoría de los que eran alcaldes en Galicia a la muerte de Franco lo siguieron siendo hasta 1979, ya que en la mitad de los ayuntamientos no se renovaron las alcaldías, y en los que hubo esta renovación limitada salieron elegidos en la mayoría de los casos los que ya estaban; por otra parte, los concejales que se habían renovado por última vez en 1973 también se mantienen hasta 1979.

En conclusión, estas corporaciones afines al régimen franquista dirigen la política local desde 1975 hasta 1979 y demuestran un gran arte en la estrategia de continuidad en el poder durante un largo período de casi 4 años de transición hacia la democracia municipal.

Otro capítulo de esta impresionante historia de acomodación de estos dirigentes locales desde el viejo al nuevo sistema político es el análisis de los resultados de las primeras elecciones democráticas de abril de 1979 en los que en Galicia casi un 50% de los elegidos como alcaldes habían iniciado carrera política en el régimen de Franco. Pero, ese es otro capítulo.