En derecho romano, que es la base del derecho europeo a excepción de la Pérfida Albión, pues también en este campo circulan por la izquierda, a propósito de la proporcionalidad de la pena y su evolución a partir de la ley del talión (ojo por ojo), acuñaron como referencia la máxima summun ius, summa iniuria; o lo que es lo mismo, el máximo rigor, la máxima injusticia. Me venía esto a la cabeza al leer la noticia de que el Tribunal Superior de Xustiza de Galicia (TSXG) ratificó el fallo de 6 años y media de cárcel a una enfermera de Rianxo por dos delitos de descubrimiento de secretos. La pena más baja al aplicársele el artículo 197, apartado 4, del Código Penal (de 3 a 5 años).
Para que tengamos perspectiva del castigo impuesto, piensen que una violación se castiga con una pena de 6 a 12 años y un homicidio de 10 a 15. O que por tráfico de drogas al por mayor te caerán entre 4 y 10 años de cárcel. Delitos todos ellos donde la privación de libertad se antoja mucho más adecuada que en la sentencia a la que hacía referencia, cuya pena quizás debiera, en mayor medida, resolverse por la vía económica.
No entro en la demagógica comparación con otros delitos como la malversación, corrupción o irresponsabilidad dolosa en el ámbito de las Administraciones, de todos los colores y en todos los estamentos. Sin duda el descubrimiento de secretos es un delito grave, con el agravante de ser datos personales y estar realizado por funcionario público, pero una pena de privación de libertad de 6 años me parece —a todas luces— excesiva. Los juristas del imperio romano, 2.000 años después, todavía van muy por delante.