Detectan en Xove y Muras a dos conductores circulando a 179 km/h en tramos limitados a 90 y a 80

La Voz VIVEIRO / LA VOZ

VIVEIRO

En el corredor que discurre entre Xove y Celeiro la velocidad máxima permitida es de 90 kilómetros por hora
En el corredor que discurre entre Xove y Celeiro la velocidad máxima permitida es de 90 kilómetros por hora PEPA LOSADA

Un turismo fue identificado en el corredor Xove-Celeiro y el otro, en la LU-540, entre el municipio viveirense y Cabreiros

01 jul 2025 . Actualizado a las 11:40 h.

Una persona está siendo investigada como supuesta autora de un delito contra la seguridad vial por circular a 179 km/h en sentido decreciente por la carretera CG-2.3, entre Xove y Celeiro, donde la velocidad máxima permitida es de 90 km/h, limitación genérica en dicho tramo de la vía. Los hechos se registraron en el kilómetro 3,200 del corredor que une los concellos xovense y viveirense.

El grupo de investigación y análisis de tráfico de la Comandancia de Lugo inició una investigación que permitió conseguir pruebas objetivas que posibilitaron la identificación del conductor en el momento en que se detectó el exceso de velocidad. La persona investigada y las diligencias policiales han sido puestas a disposición del Juzgado de Instrucción de guardia de Viveiro.

Asimismo, la Guardia Civil también identificó en el término municipal de Muras al conductor de un turismo que circulaba en sentido creciente a 179 km/h a la altura del kilómetro 31,500 de la carretera LU-540, entre Viveiro y Cabreiros. En el lugar en el que fue identificado la velocidad máxima permitida está fijada en 80, según indicaron fuentes oficiales.

Una patrulla identificó al conductor y la unidad de investigación de seguridad vial de Burela se encargó de las diligencias policiales. El conductor y único ocupante del vehículo fue imputado en calidad de investigado como supuesto autor de un delito contra la seguridad vial. Las diligencias fueron remitidas al Juzgado de Instrucción de guardia número 1 de Vilalba.

Desde la Guardia Civil recomiendan precaución y respeto a las limitaciones de velocidad y recuerdan que el artículo 379 del Código Penal establece que aquel que quien conduzca un vehículo a motor o un ciclomotor a una velocidad superior a 60 km/h en vía urbana o en 80 km/h en vía interurbana a la permitida reglamentariamente será castigado con la pena de prisión de hasta seis meses y, en cualquier caso, con la privación del derecho a conducir vehículos a motor y ciclomotores por tiempo superior a uno y hasta cuatro años.